Nacionales
Un amigo y 14 primos se disputan la herencia de Oyarbide
Un amigo del ex juez, quién lo acompañó en sus últimos años, asegura que Oyarbide le vendió la propiedad
El fallecimiento del exjuez Norberto Oyarbide en septiembre de 2021 desencadeno una disputa legal por su patrimonio valuado en casi dos millones de dólares. La herencia incluye un lujoso departamento en Rodríguez Peña al 1978, muebles, obras de arte y una cuenta bancaria con $1.800.000. La situación se complica por la presencia de un amigo cercano, Germán Muchico, quien afirma haber adquirido la propiedad en 2020 por $90.000, una cifra muy inferior a su valor real.
Los 14 primos hermanos de Oyarbide fueron designados por la Justicia como herederos legales. Sin embargo, Muchico tomó posesión del inmueble tras la muerte del exjuez, instalando alarmas y cambiando la cerradura. Además, presentó un boleto de compraventa que suscita dudas debido a la falta de certificación de firma y fecha.
La situación se agravó al descubrirse que la caja de seguridad en el departamento, que presuntamente contenía el título de propiedad y cerca de $200.000, había sido desatornillada. Esto levantó sospechas sobre la autenticidad del documento de compraventa y la transacción con Muchico.
El abogado de los primos, Luis Terpolile, cuestionó la validez del boleto, señalando que la firma del exjuez en el documento no parece coincidir con sus firmas anteriores. Estas discrepancias sugieren la posibilidad de que se trate de un documento falsificado.
La herencia de Oyarbide, valuada en casi dos millones de dólares, está en disputa entre los 14 primos y el amigo cercano del exjuez. El bien más valioso es el departamento en Rodríguez Peña al 1978, el cual Muchico afirma haber adquirido, desencadenando una contienda legal. La falta de claridad en la documentación y la desaparición de la caja de seguridad han avivado las sospechas sobre la autenticidad de la transacción. El caso permanece en manos de la Justicia, que deberá dilucidar la verdadera naturaleza de la compraventa y el destino de la herencia de Oyarbide.
Fuente: El Trece
La historia de Oyarbide
Norberto Oyarbide fue un juez federal argentino que se desempeñó en el cargo durante 27 años, desde 1994 hasta 2021. Durante su trayectoria, Oyarbide fue acusado de irregularidades y excesos, lo que lo llevó a ser el juez más denunciado en la historia de Argentina.
Carrera judicial
Oyarbide nació en Concepción del Uruguay, Entre Ríos, el 1 de enero de 1951. Se graduó en Derecho en la Universidad de Buenos Aires en 1976 y comenzó su carrera judicial como auxiliar en el Juzgado Correccional N°6. En 1986 lo nombraron fiscal en la misma jurisdicción y, en 1994, fue designado juez federal en la Ciudad de Buenos Aires.
Casos polémicos
Oyarbide investigó una serie de casos de alto impacto político, entre los que se destacan:
- El caso de los «fondos buitres», que involucraba a la deuda externa argentina.
- El caso de la causa por enriquecimiento ilícito contra la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner.
- El caso de la causa por lavado de dinero contra el expresidente Mauricio Macri.
En todos estos casos, Oyarbide fue criticado por sus decisiones, que fueron consideradas por algunos como arbitrarias o sesgadas.
Excesos y polémicas
Acusaron a Oyarbide por una serie de irregularidades y excesos, entre los que se destacan:
- Su cercanía con el poder político.
- Su estilo excéntrico e irreverente.
- Sus declaraciones polémicas.
En 2018, lo denunciaron por mal desempeño en su cargo por 43 legisladores, lo que llevó a la apertura de un juicio político contra él. Sin embargo, el juicio político lo rechazo la Cámara de Diputados.
Renunció a su cargo
En 2021, Oyarbide renunció a su cargo de juez federal. Su renuncia se produjo en medio de una serie de denuncias por irregularidades y excesos.
Fallecimiento
Oyarbide murió el 1 de septiembre de 2021 a la edad de 70 años por complicaciones de una neumonía bilateral.
Legado
Oyarbide fue un juez polémico que dejó un legado de controversias. Su carrera se siempre con denuncias de irregularidades y excesos, lo que lo llevó a ser el juez más denunciado en la historia de Argentina.
Nacionales
Casi 30 mil empresas menos durante la gestión de Javier Milei: se perdieron más de 341 mil empleos registrados
Los datos corresponden al período comprendido entre noviembre de 2023 y abril de 2026. Comercio, industria y construcción aparecen entre los sectores más golpeados.
POLÍTICA- La Argentina perdió 28.262 empresas registradas desde noviembre de 2023, cuando Javier Milei ganó el balotaje presidencial. El dato surge de estadísticas de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) y fue analizado por el Centro de Economía Política Argentina (CEPA).
En paralelo, el país perdió 341.396 puestos de trabajo registrados en unidades productivas durante el mismo período. El número equivale a un promedio de unas 30 empresas y 385 empleos menos por día.
La cifra permite dimensionar el impacto que tuvo la caída de la actividad sobre el sector privado formal. Aunque suele hablarse de “30 mil empresas cerradas”, técnicamente el registro contabiliza la reducción de empleadores registrados, es decir, unidades productivas que tenían al menos un trabajador declarado.
Empresas cerraron: el dato que encendió la alarma
El relevamiento muestra que entre noviembre de 2023 y abril de 2026 la cantidad de empleadores pasó de 512.357 a 484.095.
La diferencia es de 28.262 unidades productivas, equivalente a una caída del 5,5% del universo registrado.
La tendencia tampoco se detuvo durante 2026.
Solo en abril desaparecieron 1.814 empleadores, mientras que durante el primer cuatrimestre del año se contabilizaron 5.654 empresas menos.
De esta manera, la expresión “casi 30 mil empresas” resume una caída que se extendió durante más de dos años.
El comercio fue uno de los sectores más afectados
Entre las actividades que más empresas perdieron aparece el comercio, con 7.567 empleadores menos desde noviembre de 2023.
También registraron fuertes retrocesos:
- Transporte y almacenamiento: -6.523 empleadores.
- Servicios inmobiliarios: -3.985.
- Industria manufacturera: -3.617.
- Servicios profesionales, científicos y técnicos: -2.643.
- Agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca: -2.643.
Los datos muestran que el fenómeno no se concentró en una única actividad. La reducción alcanzó a distintos sectores de la economía formal.
Las pymes concentran casi todas las bajas
Uno de los aspectos centrales del informe aparece al observar el tamaño de las empresas que desaparecieron del registro.
De las 28.262 empresas menos, 28.196 tenían hasta 500 trabajadores. Eso representa el 99,77% del total de las bajas.
En cambio, las empresas con más de 500 trabajadores explicaron apenas 66 casos, el 0,23%.
El dato vuelve a poner el foco sobre las pequeñas y medianas empresas, que dependen en mayor medida del mercado interno y enfrentan el impacto de la caída del consumo, los costos, las tasas de financiamiento y la competencia de productos importados.
Más de 341 mil puestos de trabajo perdidos
El cierre o desaparición de empleadores tuvo su correlato en el mercado laboral.
Entre noviembre de 2023 y abril de 2026 se perdieron 341.396 puestos de trabajo registrados en unidades productivas.
La caída equivale al 3,46% del empleo registrado en ese universo y representa unos 385 puestos menos por día durante el período analizado.
La industria manufacturera aparece como uno de los sectores con mayor pérdida absoluta de trabajadores: 82.173 puestos menos.
La construcción, en tanto, tuvo uno de los retrocesos porcentuales más pronunciados, con una reducción del empleo registrado del 15,8%.
¿Qué pasó con las empresas durante el gobierno de Milei?
El cierre de empresas se produjo en un contexto marcado por una fuerte transformación de la economía argentina.
El Gobierno de Javier Milei aplicó desde diciembre de 2023 un programa de ajuste fiscal, reducción del gasto público, desregulación económica y apertura comercial.
El oficialismo sostiene que estas medidas permitieron reducir significativamente la inflación y ordenar las cuentas públicas. Sin embargo, el proceso también generó una fuerte contracción inicial del consumo y dificultades para distintos sectores productivos.
Los datos sobre empresas muestran que la recuperación de algunos indicadores macroeconómicos no se trasladó de manera uniforme al entramado productivo.
Un informe de Fundación Encuentro, elaborado con datos del Ministerio de Capital Humano, también contabiliza 28.262 empresas menos y 341.396 puestos registrados perdidos entre noviembre de 2023 y abril de 2026.
Santa Fe también sufrió el impacto
La problemática tuvo una fuerte expresión en Santa Fe.
Un relevamiento del Observatorio de Importaciones de APYME Santa Fe difundido en julio señaló que más de 2.000 empresas cerraron en la provincia desde noviembre de 2023.
Dentro de ese universo aparecen 225 empresas manufactureras industriales. El informe también estimó una pérdida de 12.456 puestos de trabajo durante el período analizado.
El dato adquiere especial relevancia para una provincia con una estructura productiva vinculada a la industria, el comercio, el campo, la agroindustria y las economías regionales.
¿Son realmente 30 mil empresas cerradas?
La respuesta requiere una aclaración.
La cifra exacta disponible en el último informe citado es de 28.262 empleadores menos entre noviembre de 2023 y abril de 2026. Por eso, decir que “casi 30 mil empresas cerraron” funciona como una aproximación periodística.
No significa necesariamente que las 28.262 empresas hayan presentado una quiebra judicial.
La estadística refleja una reducción de empleadores registrados en el sistema de riesgos del trabajo. Puede incluir empresas que cerraron definitivamente, dejaron de tener trabajadores registrados u otras situaciones que provocaron su salida del registro.
Por eso, la formulación más precisa es: desde noviembre de 2023 desaparecieron 28.262 empleadores registrados del sistema formal.
Un escenario que todavía genera preocupación
El dato llega mientras distintos sectores empresariales reclaman medidas para recuperar el consumo y mejorar las condiciones para producir.
En abril de 2026, la cantidad de empresas volvió a caer y acumuló 15 meses consecutivos de bajas en el indicador mensual, según el Monitor Mensual de Empresas de Fundar.
La actividad económica, por su parte, muestra un escenario heterogéneo. Algunos sectores comenzaron a recuperarse, mientras otros continúan con dificultades.
Así, el dato de las 28.262 empresas menos se convirtió en uno de los principales indicadores para medir el costo que tuvo la transformación económica impulsada durante la gestión de Javier Milei.
La discusión continúa abierta: mientras el Gobierno destaca la estabilización de variables macroeconómicas, los datos laborales y empresariales muestran que una parte importante del sector productivo todavía enfrenta un escenario complejo.
Casi 30 mil empresas menos, más de 341 mil puestos de trabajo registrados perdidos y una fuerte concentración del impacto en las firmas pequeñas y medianas forman parte del balance económico de los primeros 29 meses del gobierno de Milei.
Nacionales
Extranjeros no residentes deberán pagar por la atención en hospitales públicos
Cómo funcionará el nuevo sistema
El Gobierno nacional estableció un nuevo esquema para la atención sanitaria de los extranjeros no residentes en los hospitales administrados por el Estado nacional. Desde este miércoles, quienes no tengan residencia permanente deberán acreditar un seguro de salud que cubra la prestación requerida o pagar previamente el arancel correspondiente.
La medida quedó formalizada mediante la Resolución 1066/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial. El nuevo mecanismo introduce un sistema de cobro para las prestaciones médicas que no sean consideradas emergencias.
El cambio alcanza a los extranjeros que no puedan acreditar residencia permanente en Argentina. En cambio, quienes tengan esa categoría migratoria conservarán el acceso al sistema público de salud en igualdad de condiciones con los ciudadanos argentinos.
Para acreditar la residencia permanente, deberán presentar el DNI para extranjeros vigente, donde figure expresamente la categoría «RESIDENTE PERMANENTE». Los extranjeros no residentes deberán contar con seguro de salud o pagar la prestación, pero las emergencias continuarán siendo atendidas sin pago previo.
Quiénes deberán pagar y quiénes quedan exceptuados
La reglamentación establece una diferencia central entre quienes poseen residencia permanente y quienes no.
Los extranjeros con residencia permanente quedan fuera del esquema de cobro y mantienen el acceso al sistema público sanitario bajo las mismas condiciones que un ciudadano argentino.
En cambio, quienes no tengan esa condición deberán demostrar que cuentan con una cobertura de salud válida para la prestación solicitada. Si poseen seguro, el hospital podrá gestionar el cobro directamente con la compañía aseguradora.
Cuando la cobertura no alcance a cubrir la totalidad de la atención, el paciente deberá abonar la diferencia correspondiente o, según el caso, el valor completo de la prestación.
Para quienes no tengan seguro, el mecanismo será diferente: deberán afrontar el costo de la atención médica.
En las consultas, estudios o intervenciones programadas, el paciente deberá pasar previamente por el área de Facturación, donde se determinará el valor de la prestación de acuerdo con el nomenclador vigente de cada institución.
Luego deberá abonar el 100% del presupuesto antes de recibir la atención.
Esto significa que no existe un precio único establecido por la resolución. El monto dependerá de la prestación solicitada y del nomenclador que utilice cada hospital.
Las emergencias seguirán siendo atendidas gratis
Uno de los puntos más importantes de la reglamentación es que ningún extranjero no residente podrá quedar sin atención frente a una emergencia médica por no contar con seguro o dinero para pagarla.
La normativa determina que las prestaciones destinadas a la evaluación, diagnóstico, estabilización y tratamiento inmediato de una condición que represente un riesgo cierto e inminente para la vida, un órgano o una función deberán brindarse sin pago previo.
Además, si existe una duda sobre la gravedad del cuadro cuando la persona ingresa al hospital, deberá prevalecer el criterio de brindar atención inmediata.
Los trámites administrativos no podrán retrasar la evaluación médica ni la asistencia inicial.
Entre las situaciones contempladas aparecen los cuadros cardíacos graves, accidentes cerebrovasculares, traumatismos severos, hemorragias importantes, sepsis, emergencias obstétricas, emergencias pediátricas y neonatales, entre otras.
EMERGENCIAS: la falta de seguro o de dinero no podrá impedir la atención inmediata de un extranjero no residente.
Qué enfermedades y situaciones están consideradas una emergencia
La resolución incluye un listado de situaciones consideradas de riesgo vital. Entre ellas se encuentran:
- Paro cardiorrespiratorio o insuficiencia respiratoria grave.
- Obstrucción aguda de la vía aérea.
- Shock cardiogénico, hipovolémico, séptico, distributivo, obstructivo o anafiláctico.
- Síndrome coronario agudo e infarto de miocardio.
- Accidentes cerebrovasculares isquémicos o hemorrágicos.
- Estado epiléptico o convulsiones persistentes con compromiso de conciencia.
- Traumatismos graves y politraumatismos.
- Lesiones de médula con riesgo vital.
- Hemorragias masivas o activas.
- Quemaduras extensas, profundas, eléctricas o químicas.
- Sepsis y shock séptico.
- Abdomen agudo quirúrgico.
- Ruptura de aneurisma u otras patologías quirúrgicas graves.
- Emergencias obstétricas, como parto inminente, hemorragia obstétrica o embarazo ectópico.
- Emergencias pediátricas y neonatales.
- Cualquier otra situación que, según el criterio profesional, implique un riesgo inminente para la vida.
El principio es sencillo: primero se estabiliza al paciente y después se resuelve la cuestión administrativa y económica.
Qué ocurre después de una emergencia
La gratuidad de la atención no significa necesariamente que toda la internación posterior quede sin costo.
Una vez superada la situación de emergencia y estabilizado el paciente, comenzará a contabilizarse el costo de las prestaciones posteriores, según el procedimiento establecido.
El área de Facturación deberá consolidar los gastos generados hasta el alta clínica y comunicar la deuda al paciente o a su representante legal.
De esta manera, la reglamentación diferencia dos momentos: la atención urgente e inmediata, que no puede demorarse por cuestiones económicas, y las prestaciones posteriores, que pueden quedar sujetas al nuevo esquema de cobro.
Esta distinción resulta especialmente relevante para casos en los que una persona ingresa en una situación crítica y luego necesita permanecer internada o continuar con tratamientos, estudios o procedimientos.
Cómo funcionará el cobro cuando existe un seguro de salud
El sistema también establece un procedimiento específico para los extranjeros no residentes que tengan seguro médico.
En esos casos, el hospital podrá reclamar directamente a la compañía aseguradora el costo de las prestaciones realizadas.
El establecimiento deberá comunicar el ingreso del paciente a la empresa dentro de las primeras 24 horas y solicitar el número de caso o la autorización correspondiente.
Después se realizará la valorización de las prestaciones y se emitirá la factura.
La aseguradora tendrá un plazo de 45 días corridos para efectuar el pago.
Si el dinero no ingresa dentro de ese período, el procedimiento contempla la posibilidad de iniciar acciones judiciales para reclamar la deuda.
45 días: es el plazo previsto para que las aseguradoras paguen al hospital las prestaciones correspondientes.
Un nuevo esquema basado en residencia, seguro y pago
La nueva normativa establece, en definitiva, tres situaciones diferentes.
Primero, los extranjeros con residencia permanente mantienen el acceso al sistema público de salud en igualdad de condiciones con los ciudadanos argentinos.
Segundo, los extranjeros que no tengan residencia permanente deberán contar con un seguro que cubra la atención solicitada o pagar las prestaciones correspondientes.
Tercero, las emergencias médicas deberán ser atendidas inmediatamente, sin exigir previamente dinero ni seguro.
El Gobierno busca así diferenciar el acceso al sistema sanitario según la condición migratoria y establecer mecanismos para recuperar el costo de determinadas prestaciones brindadas a personas que no tienen residencia permanente en el país.
El cambio no elimina la obligación de los hospitales de atender una emergencia. Por el contrario, la resolución establece expresamente que la prioridad será preservar la vida y estabilizar al paciente.
Qué deben tener en cuenta los extranjeros no residentes
Para quienes ingresen al país sin residencia permanente, el nuevo esquema implica que contar con seguro médico adquiere una importancia central frente a una eventual necesidad de atención hospitalaria que no sea considerada una emergencia.
Antes de solicitar una prestación programada en un hospital alcanzado por la medida, deberán verificar si cuentan con una cobertura válida y si esta contempla específicamente el tratamiento, estudio o intervención requerida.
En caso de no contar con seguro, deberán consultar previamente el costo de la prestación y cumplir con el mecanismo de pago establecido por la institución.
En una situación de urgencia, en cambio, la prioridad será siempre la atención médica inmediata. La falta de documentación, seguro o dinero no deberá impedir la evaluación y estabilización de una persona que presente un riesgo vital.
El nuevo sistema, por lo tanto, no establece un cobro indiscriminado por toda atención médica. La diferencia fundamental está entre residentes permanentes y no residentes, y entre prestaciones programadas y emergencias.
El próximo paso
La entrada en vigencia de la Resolución 1066/2026 abre una nueva etapa en el esquema de atención sanitaria para extranjeros en hospitales nacionales.
A partir de ahora, quienes no tengan residencia permanente deberán contemplar el costo de las prestaciones no urgentes o contar con un seguro que las cubra.
Para los hospitales, el desafío será implementar correctamente los controles administrativos y de facturación sin que estos interfieran con la atención médica.
Y para los pacientes, la regla más importante queda clara: ante una emergencia, primero está la vida; después, el trámite y el pago.
Nacionales
Ley de Propiedad Privada: qué cambia y qué artículos quedaron afuera
Después de más de diez horas de debate, negociaciones de último momento y una jornada marcada por fuertes tensiones tanto dentro como fuera del Congreso, el Senado otorgó media sanción al proyecto de Ley de Propiedad Privada, una de las iniciativas impulsadas por el oficialismo para modificar el régimen de desalojos, expropiaciones y protección del derecho de propiedad.
La aprobación llegó con un costo político para el Gobierno: antes de la votación debió retirar dos de los capítulos más controvertidos del proyecto, entre ellos las modificaciones a la Ley de Manejo del Fuego, ante la falta de respaldo de bloques provinciales y aliados.
El texto en general se aprobó por 37 votos a favor y 34 en contra, tras una sesión que comenzó por la tarde y concluyó durante la madrugada, en medio de un fuerte operativo de seguridad y manifestaciones en las inmediaciones del Congreso.
«El oficialismo logró la media sanción, pero tuvo que eliminar los artículos más resistidos para reunir los votos necesarios.»
Una negociación que cambió el proyecto original
La versión que llegó al recinto era distinta a la presentada inicialmente por el Poder Ejecutivo. Durante las últimas 48 horas de negociaciones, el oficialismo resignó dos capítulos clave para garantizar el respaldo de sectores dialoguistas.
El primero en quedar afuera fue el referido a la extranjerización de tierras, luego de las críticas de gobernadores, legisladores provinciales y organizaciones sociales.
Horas más tarde también fue eliminado el capítulo que modificaba la Ley de Manejo del Fuego, cuestionado especialmente por representantes de provincias patagónicas y del norte del país.
La decisión fue anunciada por el senador Agustín Coto, miembro informante del oficialismo, quien propuso retirar ese apartado antes de la votación en general, medida que fue celebrada por gran parte de la oposición.
De esta manera, la iniciativa quedó concentrada en tres ejes principales:
- Nuevas reglas para los desalojos.
- Cambios en el régimen de expropiaciones.
- Regularización dominial de inmuebles rurales.
Desalojos más rápidos: uno de los puntos centrales de la ley
Uno de los aspectos más relevantes del proyecto establece modificaciones al procedimiento judicial para recuperar inmuebles ocupados.
La propuesta incorpora el juicio sumarísimo como mecanismo para tramitar desalojos tanto urbanos como rurales, con el objetivo de reducir los tiempos de resolución judicial.
Entre las novedades más importantes figura la posibilidad de que el propietario solicite la restitución inmediata del inmueble ocupado por intrusos o tenedores precarios, incluso durante el desarrollo del proceso judicial.
En los casos de alquileres con deuda, el texto fija una intimación previa de 10 días hábiles para regularizar la situación antes de avanzar con el desalojo.
La notificación podrá realizarse mediante el domicilio electrónico constituido en el contrato.
Uno de los cambios centrales establece un plazo de 10 días para intimar el pago antes del inicio del proceso de desalojo por deuda.
No obstante, durante el debate se incorporó una modificación impulsada por bloques dialoguistas para reforzar la protección de personas vulnerables.
Cuando existan menores de edad, personas con discapacidad o adultos que requieran asistencia especial, el juez deberá dar intervención obligatoria a los organismos competentes y garantizar, durante un plazo máximo de diez días, una alternativa habitacional antes de concretar el desalojo.
Cambios en las expropiaciones
Otro de los capítulos aprobados modifica la normativa vigente sobre expropiaciones realizadas por el Estado.
La propuesta establece que toda declaración de utilidad pública deberá justificarse mediante criterios de necesidad, proporcionalidad e idoneidad, restringiendo los supuestos en los que el Estado podrá avanzar sobre bienes privados.
Además, redefine la forma de calcular las indemnizaciones.
Según el texto, se reconocerá el valor objetivo del inmueble y los daños directos ocasionados, mientras que el lucro cesante solo podrá reclamarse cuando exista prueba suficiente y tendrá un límite equivalente al 30 % del daño emergente, salvo demostración de un perjuicio superior.
También se fijan nuevos criterios para actualizar los montos indemnizatorios utilizando el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y la tasa de interés correspondiente a depósitos a plazo fijo del Banco Nación.
En cuanto a las ocupaciones temporales de inmuebles, la iniciativa limita su duración a 90 días, con posibilidad de una única prórroga en circunstancias excepcionales.
Con 37 votos afirmativos y 33 votos negativos queda aprobado en general el proyecto de ley sobre la Inviolabilidad de la Propiedad Privada
— Senado Argentina (@SenadoArgentina) August 7, 2026
Cruces políticos dentro y fuera del Congreso
La discusión parlamentaria estuvo atravesada por fuertes enfrentamientos entre oficialismo y oposición.
Desde Unión por la Patria cuestionaron especialmente las modificaciones vinculadas a los desalojos y las expropiaciones, al considerar que reducen las herramientas del Estado para intervenir en situaciones de interés público y afectan a sectores vulnerables.
El senador Mariano Recalde sostuvo que el proyecto podría acelerar desalojos de inquilinos con dificultades económicas, mientras que Martín Soria criticó las restricciones incorporadas al régimen de expropiaciones.
En respuesta, legisladores oficialistas defendieron la iniciativa argumentando que busca fortalecer la seguridad jurídica, brindar mayor previsibilidad al mercado inmobiliario y proteger el derecho de propiedad.
La tensión también se trasladó al exterior del Congreso, donde una manifestación contra el proyecto terminó con incidentes entre grupos de manifestantes y fuerzas de seguridad luego de finalizada la movilización.
Qué falta para que la ley entre en vigencia
Con la aprobación en el Senado, el proyecto obtuvo media sanción, pero todavía debe completar el trámite legislativo para convertirse en ley.
La iniciativa deberá ser tratada por la Cámara de Diputados, donde podrían producirse nuevas modificaciones debido a las diferencias políticas que aún persisten sobre algunos de sus artículos.
El debate que viene será decisivo para definir el alcance definitivo de una norma que promete modificar aspectos centrales del régimen de propiedad privada, los procesos de desalojo y las facultades del Estado para expropiar bienes.
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