Nacionales
Casi 30 mil empresas menos durante la gestión de Javier Milei: se perdieron más de 341 mil empleos registrados
Los datos corresponden al período comprendido entre noviembre de 2023 y abril de 2026. Comercio, industria y construcción aparecen entre los sectores más golpeados.
POLÍTICA- La Argentina perdió 28.262 empresas registradas desde noviembre de 2023, cuando Javier Milei ganó el balotaje presidencial. El dato surge de estadísticas de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) y fue analizado por el Centro de Economía Política Argentina (CEPA).
En paralelo, el país perdió 341.396 puestos de trabajo registrados en unidades productivas durante el mismo período. El número equivale a un promedio de unas 30 empresas y 385 empleos menos por día.
La cifra permite dimensionar el impacto que tuvo la caída de la actividad sobre el sector privado formal. Aunque suele hablarse de “30 mil empresas cerradas”, técnicamente el registro contabiliza la reducción de empleadores registrados, es decir, unidades productivas que tenían al menos un trabajador declarado.
Empresas cerraron: el dato que encendió la alarma
El relevamiento muestra que entre noviembre de 2023 y abril de 2026 la cantidad de empleadores pasó de 512.357 a 484.095.
La diferencia es de 28.262 unidades productivas, equivalente a una caída del 5,5% del universo registrado.
La tendencia tampoco se detuvo durante 2026.
Solo en abril desaparecieron 1.814 empleadores, mientras que durante el primer cuatrimestre del año se contabilizaron 5.654 empresas menos.
De esta manera, la expresión “casi 30 mil empresas” resume una caída que se extendió durante más de dos años.
El comercio fue uno de los sectores más afectados
Entre las actividades que más empresas perdieron aparece el comercio, con 7.567 empleadores menos desde noviembre de 2023.
También registraron fuertes retrocesos:
- Transporte y almacenamiento: -6.523 empleadores.
- Servicios inmobiliarios: -3.985.
- Industria manufacturera: -3.617.
- Servicios profesionales, científicos y técnicos: -2.643.
- Agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca: -2.643.
Los datos muestran que el fenómeno no se concentró en una única actividad. La reducción alcanzó a distintos sectores de la economía formal.
Las pymes concentran casi todas las bajas
Uno de los aspectos centrales del informe aparece al observar el tamaño de las empresas que desaparecieron del registro.
De las 28.262 empresas menos, 28.196 tenían hasta 500 trabajadores. Eso representa el 99,77% del total de las bajas.
En cambio, las empresas con más de 500 trabajadores explicaron apenas 66 casos, el 0,23%.
El dato vuelve a poner el foco sobre las pequeñas y medianas empresas, que dependen en mayor medida del mercado interno y enfrentan el impacto de la caída del consumo, los costos, las tasas de financiamiento y la competencia de productos importados.
Más de 341 mil puestos de trabajo perdidos
El cierre o desaparición de empleadores tuvo su correlato en el mercado laboral.
Entre noviembre de 2023 y abril de 2026 se perdieron 341.396 puestos de trabajo registrados en unidades productivas.
La caída equivale al 3,46% del empleo registrado en ese universo y representa unos 385 puestos menos por día durante el período analizado.
La industria manufacturera aparece como uno de los sectores con mayor pérdida absoluta de trabajadores: 82.173 puestos menos.
La construcción, en tanto, tuvo uno de los retrocesos porcentuales más pronunciados, con una reducción del empleo registrado del 15,8%.
¿Qué pasó con las empresas durante el gobierno de Milei?
El cierre de empresas se produjo en un contexto marcado por una fuerte transformación de la economía argentina.
El Gobierno de Javier Milei aplicó desde diciembre de 2023 un programa de ajuste fiscal, reducción del gasto público, desregulación económica y apertura comercial.
El oficialismo sostiene que estas medidas permitieron reducir significativamente la inflación y ordenar las cuentas públicas. Sin embargo, el proceso también generó una fuerte contracción inicial del consumo y dificultades para distintos sectores productivos.
Los datos sobre empresas muestran que la recuperación de algunos indicadores macroeconómicos no se trasladó de manera uniforme al entramado productivo.
Un informe de Fundación Encuentro, elaborado con datos del Ministerio de Capital Humano, también contabiliza 28.262 empresas menos y 341.396 puestos registrados perdidos entre noviembre de 2023 y abril de 2026.
Santa Fe también sufrió el impacto
La problemática tuvo una fuerte expresión en Santa Fe.
Un relevamiento del Observatorio de Importaciones de APYME Santa Fe difundido en julio señaló que más de 2.000 empresas cerraron en la provincia desde noviembre de 2023.
Dentro de ese universo aparecen 225 empresas manufactureras industriales. El informe también estimó una pérdida de 12.456 puestos de trabajo durante el período analizado.
El dato adquiere especial relevancia para una provincia con una estructura productiva vinculada a la industria, el comercio, el campo, la agroindustria y las economías regionales.
¿Son realmente 30 mil empresas cerradas?
La respuesta requiere una aclaración.
La cifra exacta disponible en el último informe citado es de 28.262 empleadores menos entre noviembre de 2023 y abril de 2026. Por eso, decir que “casi 30 mil empresas cerraron” funciona como una aproximación periodística.
No significa necesariamente que las 28.262 empresas hayan presentado una quiebra judicial.
La estadística refleja una reducción de empleadores registrados en el sistema de riesgos del trabajo. Puede incluir empresas que cerraron definitivamente, dejaron de tener trabajadores registrados u otras situaciones que provocaron su salida del registro.
Por eso, la formulación más precisa es: desde noviembre de 2023 desaparecieron 28.262 empleadores registrados del sistema formal.
Un escenario que todavía genera preocupación
El dato llega mientras distintos sectores empresariales reclaman medidas para recuperar el consumo y mejorar las condiciones para producir.
En abril de 2026, la cantidad de empresas volvió a caer y acumuló 15 meses consecutivos de bajas en el indicador mensual, según el Monitor Mensual de Empresas de Fundar.
La actividad económica, por su parte, muestra un escenario heterogéneo. Algunos sectores comenzaron a recuperarse, mientras otros continúan con dificultades.
Así, el dato de las 28.262 empresas menos se convirtió en uno de los principales indicadores para medir el costo que tuvo la transformación económica impulsada durante la gestión de Javier Milei.
La discusión continúa abierta: mientras el Gobierno destaca la estabilización de variables macroeconómicas, los datos laborales y empresariales muestran que una parte importante del sector productivo todavía enfrenta un escenario complejo.
Casi 30 mil empresas menos, más de 341 mil puestos de trabajo registrados perdidos y una fuerte concentración del impacto en las firmas pequeñas y medianas forman parte del balance económico de los primeros 29 meses del gobierno de Milei.
Nacionales
La Libertad Avanza pidió expulsar a Juan Grabois de Diputados tras los insultos y forcejeos
El proyecto fue presentado por la diputada Silvana Giudici y cuenta con el respaldo del bloque de la Libertad Avanza. La iniciativa invoca el artículo 66 de la Constitución y plantea sancionar al legislador de Unión por la Patria por “desorden de conducta”.
La tensión que se vivió esta semana en la Cámara de Diputados sumó un nuevo capítulo. La Libertad Avanza presentó un proyecto para excluir a Juan Grabois de la Cámara baja, luego del fuerte enfrentamiento que protagonizó con legisladores oficialistas durante un plenario de comisiones en el que se debatía el proyecto de Defensa de la Soberanía Nacional.
La iniciativa lleva la firma de la diputada Silvana Giudici y, según informó el oficialismo, cuenta con el respaldo de toda la bancada. El pedido sostiene que Grabois incurrió en un “desorden de conducta” durante la reunión, que terminó abruptamente después de una serie de insultos, gritos y forcejeos.
El proyecto se basa en el artículo 66 de la Constitución Nacional, que establece que cada Cámara puede corregir o excluir a sus integrantes por desorden de conducta en el ejercicio de sus funciones. Para una exclusión se requiere el voto de dos tercios de los miembros de la Cámara.
El episodio que desencadenó el pedido
El conflicto ocurrió el miércoles durante el plenario de las comisiones de Defensa Nacional, Legislación Penal y Relaciones Exteriores y Culto, mientras se analizaba el proyecto de Defensa de la Soberanía Nacional.
La discusión comenzó a elevarse cuando la diputada del Frente de Izquierda Myriam Bregman exponía y fue interrumpida por el libertario Jairo Guzmán. Según los registros difundidos sobre la reunión, Grabois se levantó de su lugar y se acercó a Guzmán. El intercambio derivó en insultos y forcejeos, por lo que otros legisladores tuvieron que intervenir para separarlos.
Más tarde, el diputado de Unión por la Patria también protagonizó un fuerte cruce con Gerardo Huesen, de La Libertad Avanza. La situación volvió a escalar y los legisladores presentes intentaron evitar que el enfrentamiento pasara a una agresión física.
El proyecto presentado por Giudici sostiene que Grabois tuvo una conducta intimidatoria y que sus intervenciones terminaron afectando el normal desarrollo del plenario. Esa interpretación forma parte de los fundamentos de la iniciativa oficialista.
Insultos y final abrupto de la reunión
El episodio continuó durante la intervención de Grabois. De acuerdo con el proyecto, el diputado se dirigió a la presidenta de la Comisión de Relaciones Exteriores, Juliana Santillán, con la expresión “tontita”.
El presidente del plenario, Carlos Zapata, le pidió que se disculpara. Luego de que le cortaran el micrófono, Grabois lo insultó y Zapata decidió dar por terminada la reunión. El intento posterior de continuar con el debate quedó frustrado cuando se apagaron los micrófonos y la transmisión oficial.
Para Giudici, los hechos excedieron una discusión política y constituyeron un comportamiento que afectó el funcionamiento de las comisiones.
Qué establece el pedido de expulsión
La iniciativa plantea aplicar el mecanismo previsto por la Constitución y sostiene que la Cámara debe analizar la conducta de Grabois a partir de los hechos ocurridos durante el plenario.
El oficialismo también incorporó antecedentes recientes de otros episodios protagonizados por diputados y recordó que hubo pedidos anteriores de exclusión por situaciones vinculadas con interrupciones y enfrentamientos dentro del recinto.
Sin embargo, el pedido de expulsión no implica una remoción automática. Para concretarse, debería obtener el respaldo de dos tercios de la Cámara de Diputados, según establece el artículo 66 de la Constitución.
La respuesta de Grabois
Después del escándalo, Grabois defendió públicamente su reacción y vinculó el enfrentamiento con sus cuestionamientos al proyecto sobre soberanía y con su postura frente a la discusión por la Ley de Tierras.
En una entrevista televisiva, sostuvo que no se arrepentía de haber intervenido y afirmó: “Me invalidaría quedarme callado mientras saquean el país”. También cuestionó duramente a los legisladores oficialistas con los que tuvo el enfrentamiento.
De esta manera, el conflicto que comenzó en una reunión de comisiones ahora tendrá una instancia institucional dentro de la Cámara. El proyecto presentado por La Libertad Avanza deberá avanzar por el procedimiento legislativo correspondiente y reunir una mayoría especial si pretende concretar la exclusión del diputado de Unión por la Patria.
Nacionales
La Corte Suprema revocó el fallo que frenaba la venta de tierras a extranjeros
La Corte Suprema revocó la sentencia que había frenado la derogación de la Ley de Tierras. Qué cambia para los compradores extranjeros y qué no resolvió el máximo tribunal.
NACIONALES- La venta de tierras rurales a extranjeros vuelve a quedar sin los límites establecidos por la Ley 26.737, luego de que la Corte Suprema de Justicia revocara la sentencia de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/2023.
La decisión del máximo tribunal deja nuevamente operativo el artículo del decreto firmado durante el inicio del gobierno de Javier Milei, que había derogado la denominada Ley de Tierras Rurales.
Sin embargo, el fallo tiene un punto central: la Corte no declaró constitucional el DNU ni analizó de fondo si el Poder Ejecutivo podía derogar la ley mediante ese decreto. Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti consideraron que el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) no tenía legitimación para impulsar la demanda y que no estaba configurado un caso o controversia judicial que habilitara ese análisis.
Venta de tierras: qué cambió con el fallo de la Corte
La Ley 26.737, sancionada en 2011, establecía un régimen de protección sobre la propiedad, posesión y tenencia de tierras rurales en manos de extranjeros.
Entre sus principales restricciones se encontraba un límite del 15% para la titularidad extranjera sobre las tierras rurales. También establecía límites por nacionalidad y fijaba un máximo de 1.000 hectáreas para un mismo titular extranjero en la denominada zona núcleo, además de restricciones específicas para determinados inmuebles ubicados en zonas de frontera o vinculados con cuerpos de agua.
El artículo 154 del DNU 70/2023 dispuso la derogación de esa normativa.
La aplicación de esa medida había quedado judicialmente frenada luego de que la Cámara Federal de La Plata declarara inconstitucional el artículo del decreto y ordenara mantener vigente la Ley de Tierras.
Ahora, la Corte Suprema dejó sin efecto aquella sentencia.
En términos prácticos, vuelve a regir la derogación de la Ley 26.737 dispuesta por el DNU 70/2023, por lo que dejan de aplicarse las restricciones previstas específicamente por esa ley.
Cómo comenzó el conflicto judicial
El conflicto comenzó después de la publicación del DNU 70/2023, que derogó la Ley 26.737.
El Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) presentó una acción de amparo contra el Estado Nacional. La organización sostuvo que la derogación afectaba cuestiones vinculadas con la soberanía territorial y pidió que el artículo 154 fuera declarado inconstitucional.
En enero de 2024, durante la feria judicial, el juez federal de La Plata Ernesto Krepak había dictado una medida cautelar que restablecía temporalmente la vigencia de la ley.
Luego, al retomar su puesto, el juez Alberto Recondo dejó sin efecto esa medida y rechazó la presentación al considerar que la organización no tenía legitimación para impulsar el reclamo.
El CECIM apeló.
La Sala III de la Cámara Federal de La Plata adoptó posteriormente una posición diferente: admitió la demanda, consideró que existía legitimación para llevar adelante el planteo colectivo y declaró inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/2023.
El Estado Nacional llevó entonces el expediente ante la Corte Suprema.
Qué dijo la Corte Suprema
El máximo tribunal concentró su decisión en una cuestión procesal.
Los jueces Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti consideraron que el CECIM no estaba legitimado para promover la demanda en los términos planteados.
La Corte sostuvo que la soberanía territorial no podía ser considerada un «bien colectivo» en el sentido utilizado por la Cámara Federal de La Plata para habilitar la acción colectiva.
Según el fallo, la soberanía constituye uno de los elementos del Estado y se relaciona con la facultad estatal de manifestar y hacer ejecutar su voluntad dentro de un determinado territorio.
Por ese motivo, el tribunal entendió que no estaba configurado un derecho de incidencia colectiva que permitiera a la asociación promover el reclamo.
La Corte también remarcó los límites que tiene el Poder Judicial para intervenir cuando no existe un caso concreto o una controversia judicial en los términos establecidos por la Constitución Nacional.
La Corte no declaró constitucional al DNU de Milei
Este es uno de los aspectos más importantes del fallo.
Aunque la decisión deja nuevamente vigente la derogación de la Ley de Tierras, la Corte Suprema no afirmó que el artículo 154 del DNU 70/2023 sea constitucional.
El propio tribunal aclaró que su decisión se limita al rechazo de la demanda por la falta de legitimación de la parte actora y por la ausencia de un caso o controversia que habilitara la intervención judicial.
Por lo tanto, el máximo tribunal no realizó un análisis de fondo sobre la constitucionalidad de la derogación de la Ley 26.737.
La diferencia es relevante: la Corte dejó sin efecto la sentencia que había declarado inconstitucional el artículo 154, pero no reemplazó ese fallo por una declaración de constitucionalidad del decreto.
Qué límites había antes para los extranjeros
La Ley de Tierras establecía un conjunto de restricciones para evitar una concentración ilimitada de tierras rurales en manos extranjeras.
El principal límite establecía que la titularidad extranjera no podía superar el 15% de las tierras rurales del territorio nacional, provincial o departamental.
A su vez, dentro de ese porcentaje existían restricciones vinculadas con la concentración por nacionalidad y límites individuales de superficie.
En la zona núcleo, por ejemplo, un mismo titular extranjero no podía superar las 1.000 hectáreas, o la superficie equivalente que correspondiera según la normativa.
La ley también contemplaba restricciones particulares para determinados inmuebles ubicados en zonas de seguridad de frontera o relacionados con cuerpos de agua de relevancia.
Con la derogación de esa legislación, esos límites específicos dejan de funcionar como marco general de la Ley 26.737.
El Gobierno había intentado modificar la normativa en el Congreso
El fallo de la Corte se conoce después de otro capítulo político relacionado con la venta de tierras.
El Gobierno había intentado avanzar durante agosto con una modificación de las restricciones sobre tierras rurales dentro de un proyecto que debía ser tratado por el Senado.
Sin embargo, el capítulo referido a la venta de tierras a extranjeros fue retirado del proyecto antes de su tratamiento.
La iniciativa había generado resistencia de distintos sectores políticos y sociales y también cuestionamientos de gobernadores, entre ellos Osvaldo Jaldo, Rolando Figueroa y Hugo Passalacqua, según informó LA NACION.
Con ese retiro, el debate legislativo sobre la normativa quedó abierto.
Ahora, la decisión judicial modifica nuevamente el escenario porque deja operativo el artículo 154 del DNU 70/2023.
Qué significa desde ahora
La resolución de la Corte Suprema deja sin efecto el fallo que había repuesto judicialmente la Ley de Tierras y permite que vuelva a operar la derogación dispuesta por el DNU 70/2023.
Por eso, las restricciones específicas que establecía la Ley 26.737 dejan de ser el marco vigente para la adquisición de tierras rurales por extranjeros.
Pero el alcance del fallo debe leerse con precisión.
La Corte no resolvió definitivamente la discusión constitucional sobre el artículo 154. Lo que determinó fue que la demanda presentada por el CECIM no podía prosperar porque la organización no tenía legitimación suficiente y porque no existía, según el tribunal, un caso o controversia que habilitara el tratamiento judicial de fondo.
De esta manera, la decisión del máximo tribunal vuelve a colocar en el centro del debate el régimen de venta de tierras a extranjeros, mientras permanece abierta la discusión sobre el alcance constitucional de la derogación de la Ley 26.737 y sobre el rol que pueda tener el Congreso en una eventual regulación futura.
Nacionales
Cristina Kirchner vuelve a la carga ante la ONU para intentar ser candidata
La defensa de Cristina Kirchner prepara un nuevo paso ante el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas para cuestionar la condena en la causa Vialidad y buscar que se suspenda la inhabilitación que le impide competir electoralmente
NACIONALES- La defensa de Cristina Kirchner volverá a poner este martes el foco sobre su presentación ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU. Los abogados Carlos Beraldi, Rafael Valim y Javier Borrego brindarán una conferencia de prensa para informar novedades sobre el trámite iniciado el 29 de julio, cuando la expresidenta recurrió al organismo internacional después de agotar las instancias de la Justicia argentina.
El objetivo central de la estrategia internacional es mantener abierta la posibilidad de que Cristina Kirchner pueda volver a competir electoralmente. Para eso, su defensa pidió como medida cautelar la suspensión de la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos que forma parte de la condena de seis años de prisión por la causa Vialidad.
Cristina Kirchner y la estrategia ante la ONU
La presentación fue realizada ante el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, un órgano que analiza denuncias individuales vinculadas con posibles violaciones de los derechos reconocidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Argentina reconoce la competencia del Comité para recibir este tipo de comunicaciones desde 1986. El procedimiento internacional exige, entre otras condiciones, que se hayan agotado los recursos disponibles dentro del país.
Ese requisito es precisamente uno de los argumentos que utiliza la defensa para justificar el nuevo planteo. La Corte Suprema confirmó en junio de 2025 la condena de Cristina Kirchner, dejando firme la sentencia de seis años de prisión y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.
A partir de ese escenario, el equipo jurídico encabezado por Beraldi e integrado por los especialistas extranjeros Rafael Valim y Javier Borrego decidió trasladar el reclamo al ámbito internacional.
El objetivo político: volver a ser candidata
Uno de los puntos más importantes de la presentación es la inhabilitación perpetua.
La defensa considera que esa sanción no solo tiene consecuencias jurídicas sino también políticas, porque impide que la expresidenta pueda presentarse como candidata a un cargo electivo.
Por eso, uno de los pedidos realizados ante el Comité consiste en suspender cautelarmente esa inhabilitación mientras se analiza el fondo de la denuncia. Según los abogados, una eventual medida favorable podría mantener abierta la posibilidad de una candidatura en las elecciones de 2027.
Rafael Valim explicó en la presentación de julio que el objetivo era conseguir la suspensión de la sanción hasta que el organismo internacional pudiera analizar el reclamo de fondo. Javier Borrego, por su parte, estimó que la cuestión cautelar podría comenzar a definirse durante octubre.
Qué cuestiona la defensa de Cristina Kirchner
El planteo internacional no se limita a discutir la condena en términos políticos. La defensa sostiene que durante el proceso judicial se produjeron violaciones a garantías reconocidas por tratados internacionales.
Entre los cuestionamientos aparecen el supuesto incumplimiento del debido proceso, la imparcialidad de los tribunales, la valoración de la prueba y las condiciones en las que se desarrolló el juicio por la obra pública en Santa Cruz.
Los abogados también cuestionaron aspectos de las pericias realizadas durante el expediente y plantearon objeciones sobre la forma en que fueron analizadas las obras investigadas.
La defensa sostiene además que determinadas decisiones vinculadas con la obra pública correspondían a competencias institucionales y que no podían ser utilizadas, por sí mismas, para atribuir responsabilidad penal a la entonces presidenta.
Desde esa perspectiva, el equipo jurídico busca que el Comité analice si el Estado argentino respetó las garantías previstas en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
El argumento de la “proscripción”
La propia Cristina Kirchner presentó la inhabilitación como una forma de proscripción política.
La expresidenta sostiene que su condena tiene como consecuencia concreta apartarla de la competencia electoral y que el proceso judicial estuvo atravesado por una supuesta persecución política.
En una columna publicada en medios europeos, Kirchner afirmó que el objetivo de su presentación internacional es someter el proceso al análisis del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y cuestionó lo que considera una utilización política de la Justicia.
La defensa también incorporó el argumento de que se trata de una dirigente que fue elegida dos veces presidenta y que su exclusión de futuras elecciones tendría consecuencias sobre el funcionamiento democrático.
El antecedente de Lula
La incorporación de Rafael Valim a la defensa internacional tampoco es casual.
El abogado brasileño participó de la estrategia jurídica vinculada con Luiz Inácio Lula da Silva durante el proceso derivado del caso Lava Jato. La defensa de Cristina Kirchner considera que aquel antecedente puede resultar relevante para sostener sus argumentos ante Naciones Unidas.
En el caso brasileño, el Comité de Derechos Humanos de la ONU llegó a considerar que se habían vulnerado derechos de Lula durante el proceso judicial, aunque posteriormente las condenas fueron anuladas por la Justicia brasileña.
Para el equipo de Cristina Kirchner, ese antecedente demuestra que una condena firme dentro de un país puede ser analizada posteriormente desde la perspectiva de los compromisos internacionales asumidos por ese Estado.
El límite jurídico: la ONU no es una cuarta instancia
Sin embargo, existe un límite fundamental para entender qué puede ocurrir con el reclamo de Cristina Kirchner.
El Comité de Derechos Humanos de la ONU no funciona como una cuarta instancia judicial argentina ni reemplaza a la Corte Suprema. Su función es analizar posibles violaciones de los derechos reconocidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
El propio procedimiento de Naciones Unidas establece que las comunicaciones individuales pueden presentarse cuando una persona considera que sus derechos fueron vulnerados y después de haber agotado los recursos internos disponibles.
Por eso, una eventual decisión favorable al planteo de la expresidenta no significa automáticamente que la Corte Suprema deba anular la condena ni que quede habilitada de manera inmediata para competir en una elección.
La defensa, de todos modos, considera que una eventual resolución favorable podría ser utilizada posteriormente en la Justicia argentina para intentar abrir una instancia de revisión.
Qué puede pasar ahora
La presentación ante Naciones Unidas abre un proceso que puede extenderse durante meses e incluso años.
La defensa espera, en lo inmediato, una definición sobre las medidas cautelares solicitadas. Entre ellas se encuentra la que apunta directamente a la inhabilitación para ejercer cargos públicos.
En julio, los abogados habían señalado que octubre podía ser un momento importante para el tratamiento de esas medidas.
Mientras tanto, el caso mantiene una fuerte dimensión política. La posibilidad de que Cristina Kirchner vuelva a competir en 2027 es uno de los elementos que atraviesan la discusión dentro del peronismo y que explica buena parte de la relevancia que adquirió la estrategia internacional.
La conferencia de sus abogados prevista para este martes buscará precisamente actualizar el estado del trámite y explicar cuáles serán los próximos pasos.
Una batalla judicial que también es política
El nuevo movimiento de Cristina Kirchner combina dos escenarios.
Por un lado, existe una estrategia estrictamente jurídica destinada a cuestionar el proceso de la causa Vialidad y reclamar que se revisen las garantías que, según su defensa, fueron vulneradas.
Por otro, hay una consecuencia política directa: intentar recuperar la posibilidad de ser candidata.
La Corte Suprema ya dejó firme la condena en la Argentina. Ahora, la defensa apuesta a que el sistema internacional de derechos humanos abra una nueva vía para discutir las consecuencias de esa sentencia.
El resultado está lejos de estar definido. Pero el planteo ante la ONU mantiene vigente una pregunta que atraviesa la política argentina: ¿podrá Cristina Kirchner volver a competir electoralmente en 2027?
Por ahora, la respuesta depende de un trámite internacional que recién comienza a mostrar sus próximos movimientos.
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27 Abr 2026 a las 08:17
Decomiso a Cristina Kirchner: el mapa completo de un patrimonio bajo la lupa judicial
El decomiso a Cristina Kirchner, es un golpe que no es solo simbólico. No es solo político. Es económico, concreto y medible: propiedades, hoteles, terrenos y complejos enteros que ahora pasan a manos del Estado. La decisión judicial sobre Cristina Fernández de Kirchner en la Causa Vialidad abre una etapa distinta: la de recuperar activos para cubrir un daño estimado en casi $685.000 millones.
“La pena no es completa si no se recupera el dinero”, sostienen los jueces.
Este decomiso no apunta solo a castigar, sino a reconstruir —al menos parcialmente— el perjuicio económico al Estado. Y en ese camino, también quedan alcanzados sus hijos y el empresario Lázaro Báez, pieza clave del entramado investigado.
Los bienes de Cristina Kirchner: pocos, pero estratégicos
A diferencia de lo que muchos creen, los bienes directamente a nombre de Cristina son pocos, pero altamente significativos:
- Un terreno de más de 6.000 m² en El Calafate
- Propiedades vinculadas a su residencia histórica en Río Gallegos
Aunque el volumen es menor, su valor simbólico y patrimonial es alto: son activos ligados a su historia personal y política.
Gran parte del patrimonio fue transferido en vida a sus hijos, lo que explica por qué el decomiso impacta más fuerte sobre ellos.
Máximo y Florencia Kirchner: el núcleo del patrimonio familiar
Los hijos de la expresidenta concentran una porción importante de los bienes alcanzados:
- 10 departamentos en calle Mitre al 500 (Río Gallegos)
- Viviendas en 25 de Mayo al 200 y Av. Néstor Kirchner al 400
- Terrenos en el departamento Lago Argentino
- El emblemático Hotel Los Sauces

Este último es uno de los activos más relevantes del entramado.
“No se castiga a los herederos, se recupera patrimonio afectado por el delito.”
El hotel, que durante años generó ingresos millonarios, quedó en el centro de varias investigaciones por presunto alquiler a empresas vinculadas a la obra pública.
Lázaro Báez: el mayor impacto del decomiso
Si hay un gran perdedor patrimonial en esta etapa, es Báez.
- 84 propiedades decomisadas
- Casas, estancias y departamentos en Santa Cruz
- La emblemática Chacra 39 en Río Gallegos
- Estancias como “Los Gurises”
La Chacra 39 no es solo una propiedad:
- Más de 14.000 m²
- Quinchos, gimnasio, cancha de fútbol iluminada
- Bodega de vinos y espacios de lujo
Fue, durante años, un símbolo del poder económico construido al calor de la obra pública.
Empresas y estructura económica bajo decomiso
El fallo también alcanza activos vinculados a empresas clave:
- Austral Construcciones
- Kank y Costilla
- Gotti Hnos.
- Loscalzo y Del Curto
Estas firmas fueron centrales en la adjudicación de obra pública en Santa Cruz.
Dato fuerte:
No se exige “trazabilidad perfecta” del dinero ilícito.
Basta con demostrar una relación económica razonable entre los bienes y el delito.
Subtítulo: El criterio judicial que cambia las reglas del juego
La decisión de la Cámara de Casación marca un precedente importante en causas de corrupción compleja.
Antes:
✔ Se exigía seguir el rastro exacto del dinero
Ahora:
✔ Se acepta reconstrucción económica indirecta
Esto amplía enormemente la capacidad del Estado para recuperar activos.
¿Qué pasa si no alcanza el dinero?
El decomiso es solo el primer paso.
Si los bienes no cubren el total:
- Se avanzará contra otros condenados
- Entre ellos, José López
- Exfuncionarios de Vialidad Nacional
Esto convierte al proceso en una recuperación patrimonial en cadena.
El destino final: quién administra lo recuperado
Los bienes decomisados pasarán a la órbita de la Corte Suprema.
Posibles destinos:
- Subastas públicas
- Asignación a programas estatales
- Uso social o institucional
“El objetivo no es castigar, sino reparar.”
El poder político al patrimonio en disputa
La causa Vialidad entra en una fase decisiva. Ya no se trata solo de condenas, sino de consecuencias reales y tangibles.
El decomiso redefine el alcance de la justicia en Argentina:
- Convierte sentencias en recuperación económica
- Impacta directamente en estructuras de poder
- Sienta precedentes para futuras causas
Siguiente paso clave: la ejecución efectiva de los bienes y su monetización. Ahí se jugará si el fallo logra algo más que un efecto simbólico.
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