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La justicia suspendió la derogación de la ley de tierras del DNU por un pedido de ex combatientes de Malvinas
El juez Kreplak suspendió el artículo que derogaba la restricción de vender tierras a extranjeros
El juez federal Ernesto Kreplak emitió una medida cautelar que suspende «preventivamente» el artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 en Argentina. Este artículo derogaba la ley de tierras que restringe la venta de campos a capitales extranjeros. La medida fue solicitada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), que argumentó la inconstitucionalidad y nulidad del decreto impulsado por el presidente Javier Milei.
La resolución del juez Kreplak hace lugar a la acción de amparo que impulso Rodolfo Carrizo, presidente del CECIM La Plata, quien objetó al Ejecutivo nacional la posibilidad de derogar la ley 26.737 de Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de Tierras Rurales. Esta ley limita la adquisición y posesión de tierras a personas físicas o jurídicas de nacionalidad extranjera y prohíbe la compra de tierras que contengan o sean ribereñas de cuerpos de agua de envergadura y permanentes.
En su presentación, el CECIM advirtió que la derogación de esta ley liberaría el mercado de tierras, permitiendo la extranjerización de las mismas y dando lugar a dinámicas latifundistas que podrían afectar los principios de integridad territorial y soberanía nacional, condicionando la disponibilidad del suelo argentino y los cursos de aguas dulces.
«Una intromisión del Poder Ejecutivo en las atribuciones del Poder Legislativo»
El centro también argumentó que el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 implica una intromisión del Poder Ejecutivo en las atribuciones del Poder Legislativo, y que el Ejecutivo violó los principios de la organización republicana al derogar una norma dictada por el Legislativo sin cumplir con los requisitos necesarios.
En cuanto a la necesidad y urgencia del decreto, el CECIM sostuvo que no se cumplen los requisitos, ya que el Ejecutivo Nacional derogó la ley a través de un decreto sin acreditar circunstancias extraordinarias que hicieran imposible seguir los trámites ordinarios establecidos por la Constitución Nacional para la sanción de las leyes.
El juez Kreplak, al considerar «acreditados los recaudos de verosimilitud del derecho y peligro en la demora», ha decidido suspender preventivamente la vigencia del artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 hasta que se resuelva el fondo del asunto.
La Ley 26.737, conocida como «Ley de Tierras», establece que solo el 15% de las tierras rurales totales de Argentina pueden estar en manos de extranjeros. Esta limitación se aplica también al territorio de cada provincia y prohíbe la interposición de personas físicas de nacionalidad argentina, o de personas jurídicas constituidas en el país, para configurar una titularidad nacional figurada y eludir las previsiones de la ley.
¿Qué pasa si deroga la Ley de Tierra?
Si esta ley fuera derogada, no habría límite para la venta de tierras a extranjeros, y las negociaciones quedarían sujetas a la voluntad de compradores y vendedores. Además, se destacó que la Ley de Tierras tiene disposiciones que penalizan la interposición de personas para adquirir tierras de manera ilegal, estableciendo graves consecuencias legales para aquellos que actúen como testaferros de extranjeros.
En resumen, la suspensión del artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 por parte del juez Kreplak representa un freno a la derogación de la Ley de Tierras que limita la venta de tierras a extranjeros en Argentina. La medida cautelar busca preservar los principios de integridad territorial y soberanía nacional establecidos por la legislación vigente.