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El tribunal fundamentó la condena contra Cristina Fernández de Kirchner
Los jueces fundamentaron la condena a la vicepresidenta por beneficiar al empresario y afirman que no se configuró el delito de asociación ilícita.
El Tribunal Oral Federal 2 justificó la sentencia contra Cristina Fernández de Kirchner en un trámite no presencial en un extenso documento de más de 1.600 páginas.
El tribunal dio a conocer los fundamentos en base a los cuales condenó a la vicepresidenta al término del juicio en la llamada «Causa Vialidad», en el que también fue inhabilitada para ejercer cargos públicos.
Desde ahora todas las partes podrán apelarlo ante la Cámara Federal de Casación Penal, entre ellas la defensa de la vicepresidenta Fernández de Kirchner, condenada a seis años de prisión en el juicio que culminó el 6 de diciembre pasado.
En cuanto al delito de asociación ilícita el tribunal concluyó:
Jorge Gorini y Rodrigo Giménez Uriburu, concluyeron que: «no pudo demostrarse» y en disidencia sobre este punto votó el tercer magistrado Andrés Basso. Por lo tanto la condena y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos quedan en stand by hasta que el fallo quede firme, por la Corte Suprema de Justicia.
El Tribunal 2 con la firma de los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso informaron:
“…Podemos afirmar que mediante la tramitación de 51 procesos de licitación pública para la construcción de obras viales sobre rutas nacionales y provinciales en la provincia de Santa Cruz, entre los años 2003 y 2015, tuvo lugar una extraordinaria maniobra fraudulenta que perjudicó los intereses pecuniarios de la administración pública nacional en los términos y condiciones establecidos por la ley penal para habilitar una respuesta punitiva…”
Las obras fueron “adjudicadas a un grupo de empresas vinculadas al imputado Lázaro Antonio Báez, grupo cuya conformación y crecimiento económico exponencial se vio directamente asociado con la asignación de obra pública vial en el ámbito de esa jurisdicción”.
Para los jueces hay evidencias de “la existencia de vínculos promiscuos y corruptos entre funcionarios de la administración pública (nacional y provincial) y las empresas contratistas del Estado pertenecientes”.
En esa lógica “ha sido dirimente la comprobación de un interés manifiesto sobre el plan criminal de la por entonces Presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner, puesto de relieve a través de su participación en los beneficios económicos -producto del delito- obtenidos por intermedio de múltiples vínculos contractuales y comerciales con Lázaro Antonio Báez en forma concomitante a la ejecución de esta maniobra”.
“En ese sentido, se encontraron ante un hecho inédito en la historia del país, pues se acreditó que ciertas decisiones trascendentales respecto de la marcha empresarial del grupo siguieron órdenes expresas de los más altos integrantes del Poder Ejecutivo Nacional. También quedó suficientemente probado que la estrategia delineada entre funcionarios y empresarios se aseguró mediante el dictado de actos administrativos de las agencias referidas, siempre operando bajo una apariencia de legalidad”
En primer término los jueces evalúan la sospecha de la fiscalía sobre que la mayoría de las obras públicas viales durante el kirchnerismo se concentraron en la provincia de Santa Cruz. Los jueces entienden que ello “escapa” a las facultades de los jueces y es una cuestión política no judicial.
Lázaro Báez: Austral Construcciones
Luego analizan el crecimiento económico de Lázaro Báez y la conformación de su grupo empresario: “De indudable cercanía con los responsables del diseño de esa política pública”.
En ese sentido, focalizan que en el 2003 cuando asumió la presidencia Néstor Kirchner, el empresario era “monotributista” y empleado del Banco de Santa Cruz para luego crear su emporio de empresas.
los jueces advirtieron que es una “farsa” el argumento de la defensa de Báez: que él era un avezado empresario de la construcción cuando ingresó como Director a la empresa Badial, la cual “no registraba actividad económica” hasta julio de 2003.
“La prueba demuestra que pocos días antes de que Néstor Carlos Kirchner triunfe en las elecciones que le permitieron acceder la Presidencia de la Nación, Lázaro Báez constituyó Austral Construcciones. A partir de allí y en poco tiempo, logró posicionar a la firma como una de las mayores empresas dedicadas a la construcción vial de esos tiempos en la provincia de Santa Cruz”, establecieron los jueces.
“El grupo empresarial comandado por Lázaro Antonio Báez registró en la provincia de Santa Cruz el mayor índice de concentración de adjudicación de obra pública vial de todo el país. Y si se proyecta al volumen económico de las obras, el porcentaje es aún mayor”, evidenció el Tribunal.
Hubo -según los jueces- “caracterización de obra pública vial” en Santa Cruz a favor de Báez y se buscó “mejorar engañosamente las posibilidades de éxito de una única persona enmascarada detrás de sus empresas”. “En la provincia de Santa Cruz Lázaro Báez competía contra él mismo”, añadieron.
“Lo primordial es que las vastas pruebas reseñadas demuestran con suficiencia que en el transcurso de la semana que siguió a las elecciones del domingo 22 de noviembre de 2015, Lázaro Antonio Báez y Fernández de Kirchner, con la asistencia de Julio Mendoza, José Francisco López y, en menor medida, Nelson Guillermo Periotti y José Raúl Santibáñez coordinaron e implementaron el cese ejecutivo de la maniobra criminal”, añadieron.
”Es evidente que las ofertas realizadas y adjudicadas a las empresas controladas por Lázaro Antonio Báez en 2006 registraban sobreprecios”, dijeron los jueces y lo señalaron en al menos tres expedientes de vialidad con diferencias de valor de hasta 95 millones de pesos.
“A fin de cuentas y en la práctica, a través de su injusto penal, la ex Presidenta de la Nación contribuyó a la causación acumulativa del hecho defraudatorio único en sentido jurídico, es decir, la defraudación en perjuicio de la administración pública cometida a través de la obligación abusiva de los recursos públicos, en procura de un lucro indebido para Lázaro Báez y sus allegados, entre ellos, la propia Cristina Fernández de Kirchner”, sentenció el Tribunal sobre el rol de la Vicepresidenta.
Incluso, los jueces evalúan el crecimiento económico de la Vicepresidenta de manera contemporánea a la defraudación investigada: “empresas comandadas por el sujeto con quien la propia ex Presidenta y su familia realizaban negocios inmobiliarios y hoteleros mientras, en forma simultánea, se ejecutaba la maniobra de defraudación en perjuicio de los fondos públicos nacionales destinados a dichas obras públicas”.
José Lopez: Ex Secretario de Obras Publicas
También condenado a seis años, fue otra figura clave: “el éxito de la maniobra defraudadora vino con dar en el quid de la oportunidad de la medida presidencial, promovida a instancias del ex Secretario de Obras Públicas, eslabón clave que operó de enlace entre las aspiraciones comerciales y estratégicas de los ex Presidentes de la Nación y su socio de negocios santacruceño, Lázaro Antonio Báez, y el medio empleado a esos fines: la obra pública vial ejecutada en Santa Cruz, contratada invariablemente con empresas vinculadas al nombrado, y financiada directamente con
También quedaron condenados a seis años de cárcel el extitular de Vialidad Nacional en ese período Nelson Periotti .
Exfuncionarios de Vialidad nacional y de la provincia de Santa Cruz recibieron penas de entre 4 y 5 años de prisión mientras que todos los acusados fueron absueltos por el delito de asociación ilícita.
El Tribunal dispuso el decomiso actualizado si la sentencia queda firme de 84.835.277.378,04 millones de pesos, suma considerada producto del delito.